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![]() Definiciones
A) Después de haber transcurrido como mínimo 18 meses, y habiéndose integrado el Valor de Rescate que corresponde en la tabla respectiva a las 18 cuotas, la Sociedad abonará al Titular que lo solicite, dentro de los 30 días corridos de su pedido, el valor de rescate que figura en el cuadro de valores inserto en el dorso del título, en función del número de cuotas que se hayan computado, correspondiente al Valor Nominal Original. A) Todos los títulos vigentes de este plan participarán en la distribución del 50 % de las utilidades líquidas y realizadas de la Sociedad, según los Balances Generales de los ejercicios económicos en que cada título cumpla 24, 36, 48, 60, 72 meses, y así sucesivamente hasta la finalización del contrato. |


